Registro con DNI en el Catastro

20 de julio de 2020

La actualización de los servicios de la Sede Electrónica del Catastro ha incorporado, recientemente, la posibilidad de que cualquier ciudadano registre documentación a través de la SEC, sin necesidad de certificado electrónico, mediante la simple cumplimentación del NIF y determinados datos incorporados en la tarjeta que soporta el DNI del interesado. Esta forma de autenticación también es válida para la consulta de expedientes.

Esta importante novedad implica un indudable relanzamiento de la SEC, al permitir el registro electrónico por parte de los ciudadanos que no cuentan con un certificado electrónico, lo que ampliará de manera definitiva el uso de este canal de registro. Esta novedad, unida a las introducidas recientemente dentro del nuevo Plan de Atención al Ciudadano de la Dirección General del Catastro (cita previa obligatoria, cita telefónica…), supondrá una importante reducción de los ciudadanos que aún acuden presencialmente a las oficinas, tanto del Catastro, como de las entidades colaboradoras.

Esta medida, además, supondrá el progresivo abandono de las predeclaraciones catastrales, ya que a partir de este momento las declaraciones catastrales confeccionadas con el asistente podrán ser firmadas con CSV y presentadas a través de la SEC por todos los ciudadanos, con independencia de que dispongan o no de certificado electrónico.

Se adjunta un sencillo manual explicativo de este nuevo servicio.