AVANCE DE IDENTIFICACIÓN Y DELIMITACIÓN DE DISEMINADOS

9 de julio de 2015

Aprobado el “Avance de Identificación y Delimitación de Diseminados en Suelo no Urbanizable de Almedinilla. Se abre una vía de esperanza para que a corto-medio plazo el Plan General de Ordenación Urbanística de Almedinilla amplíe su Suelo Urbano o Urbanizable.

Aprobado el “Avance de Identificación y Delimitación de Diseminados en Suelo no Urbanizable de Almedinilla. Se abre una vía de esperanza para que a corto-medio plazo el Plan General de Ordenación Urbanística de Almedinilla amplíe su Suelo Urbano o Urbanizable.
 
El pasado día 30 de junio, el Pleno del Ayuntamiento de Almedinilla, aprobaba inicialmente por unanimidad el documento de ““AVANCE DE IDENTIFICACIÓN Y DELIMITACIÓN DE ASENTAMIENTOS URBANÍSTICOS Y ÁMBITOS DE HÁBITAT RURAL DISEMINADOS EN SUELO NO URBANIZABLE DE ALMEDINILLA”, si bien de primeras, el nombre del citado documento nos puede causar estupor, no es cuestión baladí.
Desde la aparición de la Ley de Ordenación Urbanística de  Andalucía (LOUA), en 2002, las vivienda en el Suelo No Urbanizable, como son las de algunas de nuestras aldeas y resto de viviendas dispersas por nuestro término municipal, que se encuentran fuera de núcleos urbanos como Almedinilla o Sileras, salían mal paradas en cuanto a cuestiones urbanísticas y registrales. Para intentar paliar, en la medida de lo posible, este agravio, nace el Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en el suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se requiere a los Ayuntamientos que, para la identificación de las edificaciones aisladas en el suelo no urbanizable dentro de cada término municipal, previamente han de ser delimitados todos los asentamientos urbanísticos existentes en dicho suelo y a tal efecto, el Decreto establece en su artículo 4.2 que:
“En ausencia de Plan General, o si éste no contuviera la delimitación de los asentamientos, el Ayuntamiento elaborará un Avance de planeamiento para su identificación, que tendrá el carácter de Ordenanza Municipal, y que deberá someterse a información pública por un plazo no menor de 30 días. Simultáneamente se solicitará informe a la Consejería competente en materia de urbanismo que lo emitirá en un plazo, inferior a dos meses, previa valoración de la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial y Urbanística”
El documento que ha aprobado inicialmente el Ayuntamiento de Almedinilla y que actualmente se encuentra en exposición pública, ha concluido en su estudio, que tras aplicar los criterios del Decreto 2/2012, desarrollados por la Orden de 1 de marzo de 2013, que el Suelo No Urbanizable del término municipal de Almedinilla esta conformado por:
Asentamientos Urbanísticos:
AE-1 Fuente Grande-Venta de las Navas
AE-5 Huertas de Almedinilla Sur
 Hábitats Rural Diseminados:
AE-2 La Carrasca
AE-3 La Carrasca Alta
AE-4 Brácana
AE-6 Huertas de Almedinilla Norte
Y por lo tanto las edificaciones existentes en suelo no urbanizable no incluidas en dichos asentamientos urbanísticos constituyen edificaciones aisladas en suelo no urbanizable.
Ahora bien, qué significa todo esto: los hábitats rural diseminados ya existían en el Plan General de Ordenación Urbanística de Almedinilla (PGOU) y estaban regulados mediante una ordenanza propia. El cambio sustancial viene para la aldea de Fuente Grande y para el sector de Huertas de Almedinilla Sur, que pasan a considerarse, porque los parámetros que especifica la Orden de 1 de marzo de 2013 así lo permiten, asentamientos urbanísticos, para los que el Decreto 2/2012 dice que, una vez identificados han de incorporarse a la ordenación urbanística municipal, en nuestro caso, mediante la revisión total o parcial del PGOU.
Esta incorporación al planeamiento se deberá hacer a posteriori de la aprobación definitiva del Avance, y se resolverá por el Plan General en todos sus niveles: realizando una clasificación adecuada del suelo, determinando las dotaciones y servicios existentes o carentes, etc. Será una ardua tarea y necesitará de una tramitación en la que intervendrán varias administraciones, lo que ralentizará el proceso, pero se han sentado las bases y no cabe duda que se llegará a buen puerto.
En definitiva se abre una vía de esperanza para que a corto-medio plazo el Plan General de Ordenación Urbanística de Almedinilla amplíe su Suelo Urbano o Urbanizable.